
El presidente municipal Hesiquio Valdez González también es responsable.
Las obras fueron cobradas por las empresas y no fueron construidas, y el obligado a supervisar las construcción es el director de obras.
De acuerdo con la Ley de Disciplina Financiera deben reintegrar el dinero a la Tesoreria de la Federación.
El ciudadano Saturnino Parra Castro, de la comunidad de Santa Ana, Jolalpan, Puebla, presentó ante la Auditoria Superior de la Federación, el pasado 26 de mayo del 2026, una denuncia por corrupción, de cinco obras fantasmas que fueron pagadas a las constructoras pero no llevadas a cabo que son las siguientes.
1.- Rehabilitación de la red de agua potable en la Cuarta Sección de Santa Ana Tamazola: $871,287.33 pesos.
2.- Construcción y perforación de pozo profundo para abastecimiento de agua en la Cabecera Municipal: $2’592,475.12 pesos.
3.- Construcción y perforación de pozo profundo en la localidad de Santiago Mitepec: $2’317,553.52 pesos.
4.- Construcción de un tanque público de almacenamiento de agua (120\text{ m}^3) en la Cabecera Municipal: $1’640,772.39 pesos.
5.- Construcción de un segundo tanque público de almacenamiento (120\text{ m}^3) en Santiago Mitepec: $1’557,855.63 pesos.
Infraestructura deficiente
Aunado a las obras inexistentes, la denuncia expone un sexto proyecto que sí fue ejecutado pero que presenta severas anomalías físicas. Se trata de la construcción de pavimento con concreto hidráulico en la calle lateral Zaragoza II (Primera Sección) de la Cabecera Municipal, una obra con un costo de $1’760,897.97 pesos. Según el reporte, a solo unos meses de haber sido entregada, la vialidad ya evidencia notorias grietas y fallas estructurales visibles a simple vista.
Las leyes en la materia respecto a estos actos afirman:
1. La Ley de Obra Pública de el Estado de Puebla menciona que el Director de Obras es el ejecutor directo y técnico de la obra.
El Director de Obras responde por la veracidad técnica de las estimaciones y la ejecución física en campo.
2. La Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, le atribuye al Director de Obras la planeación, supervisión técnica, validación de bitácoras y la autorización física antes de que el dinero sea pagado (comprobación del avance).
3. La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Ante cualquier irregularidad o desvío de recursos en una obra pública, las autoridades fiscalizadoras le fincaran responsabilidad al presidente municipal y al Director de Obras cono responsable directo por negligencia técnica o falsificación de estimaciones.
El Presidente Municipal adquiere responsabilidad solidaria o por omisión al ser el ejecutor del gasto y el encargado por ley de la vigilancia y el control de todas las dependencias del Ayuntamiento.
El promovente solicitó formalmente a la ASF una verificación exhaustiva de los datos aportados con el fin de que se apliquen las sanciones administrativas y penales correspondientes en contra del alcalde Hesiquio Valdez González y quienes resulten responsables del daño al erario de Jolalpan, que sin duda es también el director de obras públicas Rodrigo Limontitla Alonso.
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